Puedo utilizar mis propios contenedores en todas las tiendas?

bolsa a granelSi está embarcando al enfoque cero residuos, una de las primeras cosas a poner en marcha será, sin duda, hacer su carreras a granel. Si va a una tienda ecológica, es muy sencillo, ya que estas marcas fomentan la práctica. Un departamento se dedica generalmente y se venden bolsas de algodón reutilizables.

Pero si desea hacer las compras a granel en los supermercados, en las pequeñas tiendas, el mercado o los comerciantes locales, el proceso podría ser complicado. Algunos comerciantes se niegan categóricamente a permitir que los clientes utilicen su contenedores propios. Pero, ¿qué dice realmente la ley? Hacemos un balance de la legislación y la normativa vigentes en Bélgica y España.

En Bélgica, un gran «sí» a cero contenedores de residuos

Si desea llevar su contenedores propios los comerciantes belgas, a priori: ningún problema. La legislación alimentaria no prohíbe a los consumidores utilizar sus propios envases para llevar sus compras en ninguna tienda. Mejor aún, la Agencia Federal para la Seguridad de la Cadena Alimentaria (AFSCA) anima a los clientes y los comerciantes a iniciar el proceso en todas partes. En su lugar, la Agencia, sin embargo, da algunas recomendaciones para que esta práctica ecológica y anti-residuos pasa sin riesgo.

El AFSCA especifica que el contenedor llevado por el consumidor (caja, botella, bolsa) debe estar limpio. Si está claro que no es así, el comerciante tiene derecho a rechazar su uso.

Además, el contenedor propuesto por el cliente debe ser adecuado para elenvases de alimentos. Por ejemplo, no pondremos el pan en una bolsa de una zapatería. Para no tener ninguna duda, elija los envases que lleven la marca garantizando que se puede utilizar para envasar alimentos. Es muy reconocible: es un tenedor y un vaso.

Asimismo, la AFSCA especifica que el contenedor debe ser necesariamente adecuado para el uso que se haga. Por ejemplo, un recipiente hermético para llevar una bebida. O un recipiente adecuado para contener un plato caliente. Además, no lleve ningún recipiente de aluminio para transportar alimentos ácidos, ya que se podría producir una reacción química.

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Finalmente, la AFSCA es muy claro: el consumidor es el responsable delhigiene luego que lleva su propio contenedor. Si se produce una indigestión o cualquier otra, el cliente no podrá culpar al comerciante que lo ha servido.

En Bélgica, si escuche un consumidor deciros que no os puede servir en el contenedor para que la ley o el AFSCA lo prohíben, puede demostrarle que es falsa. Por ejemplo, puede mostrarlo desde el smartphone la página del sitio web de la Agencia que lo demuestra.

Algunos municipios animan a sus comerciantes a etiquetarse a favor de cero residuos. Así, animan a los clientes a utilizar sus propios contenedores o, al menos, a educarlos.

En España, más bien por agradecimiento de los comerciantes

Desde el lado francés, desgraciadamente, la legislación y la normativa no son tan claras. Incluso podemos hablar de un vacío legal en torno al uso de contenedores personales para el transporte de alimentos.

La normativa europea no prohíbe el uso de sus contenedores.

Sin embargo, podemos empezar especificando que la normativa europea no prohíbe esta práctica. Pero, una vez más, no se menciona claramente el caso del uso de contenedores personales. Reglamento europeo nº 852/2004 de 29 de abril de 2004 la relación con la higiene de los alimentos simplemente indica que «En todas las etapas de producción, procesamiento y distribución, los alimentos deben estar protegidos contra cualquier contaminación susceptible de hacerlos inadecuados para el consumo humano, peligrosos para la salud o contaminados […] «. La normativa lo especifica «Los materiales que constituyen el embalaje y el embalaje no deben ser una fuente de contaminación». El único pasaje que realmente podría relacionarse con el volumen, sin nombrarlo, es este: «Los envases y envases que se reutilizan para productos alimenticios deben ser fáciles de limpiar y, en su caso, de fácil desinfección». Conclusión: siempre que se respeten las normas sanitarias, la UE no prohíbe a priori utilizar sus propios contenedores para comprar y transportar sus alimentos.

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Decide cada prefectura

En cuanto a la normativa española, las directivas son de hecho adoptadas por cada prefectura. Algunos desaconsejan esta práctica, otros dejan la cuestión en el agradecimiento de los comerciantes. Pero ninguno lo prohíbe específicamente.

Lo que bloquea los comerciantes es que su responsabilidad se compromete si hay contaminación. Porque realmente tienen una «obligación de resultado» en cuanto al suministro de alimentos sanos para el consumo. Por lo tanto, teóricamente se podrían hacer responsables en caso de problema, incluso aunque nunca hubiera sido así.

Su comerciante puede negarse a servirle a sus cajas

Aunque ni la ley ni la normativa prohíben llevar sus propios contenedores, su comerciante puede negarse a servirle. De hecho, es él quien fija sus condiciones de venta en virtud de la «libertad comercial e industrial».

Para terminar con una nota positiva, podemos esperar que las cosas evolucionen en los próximos años. De hecho, Ademe (Agencia Nacional para el Medio Ambiente y la Gestión de la Energía) fomentó el uso de contenedores personales en una guía de agosto de 2018 («Come mejor, desperdicia menos»): «Lleve sus propios contenedores a la hora de comprar (bolsas, botellas, cajas, botes, etc.): vuestros contenedores se pesan vacíos y, a continuación, llenos. Pensad en ello también para llevar!»

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